Modelo de Disolucion de Sociedad de Bienes con Reparto
MODELO DE ESCRITO PARA LA DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD DE BIENES CON REPARTO
En , a de de REUNIDOS D. , mayor de edad, estado civil , profesión con domicilio en , calle nº y con N.I.F. nº D. , mayor de edad, estado civil , profesión con domicilio en , calle nº y con N.I.F. nº D. , mayor de edad, estado civil , profesión con domicilio en , calle nº y con N.I.F. nº Y ( ) Intervienen todos en su propio nombre y derecho, reconociéndose la mutua capacidad legal necesaria para constituir la presente comunidad de bienes, de acuerdo con las siguientes: ESTIPULACIONES PRIMERA.- Denominación: La comunidad de bienes que se establece por todos los firmantes del presente contrato se denominará ' ', con el carácter de privada y civil. SEGUNDA.- Domicilio social: El domicilio social de la comunidad radicará en , calle nº , planta baja, C.P. TERCERA.- Fines: El fin para el que se constituye la comunidad de bienes es el de CUARTA.- Para la consecución de los anteriores fines, cada comunero aporta a la Comunidad los siguientes bienes: D. , aporta: , lo que conlleva una cuota de participación de % D. , aporta: , lo que conlleva una cuota de participación de % D. , aporta: , lo que conlleva una cuota de participación de % QUINTA: Los copropietarios tienen derecho a disfrutar conjuntamente de las cosas comunen, percibiendo los frutos y las utilidades que produzcan, en proporción a sus respectivas cuotas de participación, conforme al principio de proporcionalidad, que regirá igualmente para todo cuanto signifique soportar cargas y gastos que la comunidad origine. SEXTA: Cada condueño tendrá el derecho a usar de las cosas comunes en su integridad, siempre que se respete su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida al resto de los copartícipes a utilizarlas según su derecho. De esta forma, cualquiera de ellos puede ejercitar contra terceros, y en beneficio de todos, cuantas acciones sean precisas para proteger la comunidad de bienes. SÉPTIMA: Todo copropietario tendrá derecho para obligar a los partícipes a contribuir a los gastos de conservación de las cosas comunes, entendiéndose en caso contrario que renuncia a la parte que le pertenece en el dominio. Ningún condueño podrá realizar alteraciones en los elementos integrantes de la comunidad de bienes, salvo consentimiento expreso de los demás. OCTAVA: Junta rectora: Estará compuesta por los siguientes señores comparecientes a este acto: Presidente: D Secretario: D. Tesorero: D. Vocales: D. D. NOVENA: Para la administración, será obligatoria la adopción de acuerdos por mayoría de los partícipes. DÉCIMA: Cualquier copartícipe o comunero podrá vender, ceder o hipotecar su parte a terceros. UNDÉCIMA: La comunidad de bienes aquí instaurada se regirá por lo dispuesto en el presente documento y supletoriamente, por lo establecido en el Código Civil. DUODÉCIMA: Los suscribientes se comprometen en este acto a realizar cuantas actuaciones sean precisas para elevar este documento privado a la escritura pública correspondiente. Y leído el presente documento, los comparecientes lo firman en prueba de su conformidad, a un solo efecto, en el lugar y fecha 'ut supra'. |
Comentarios
1